Sura: AL BAQARAH

Aya : 180

كُتِبَ عَلَيۡكُمۡ إِذَا حَضَرَ أَحَدَكُمُ ٱلۡمَوۡتُ إِن تَرَكَ خَيۡرًا ٱلۡوَصِيَّةُ لِلۡوَٰلِدَيۡنِ وَٱلۡأَقۡرَبِينَ بِٱلۡمَعۡرُوفِۖ حَقًّا عَلَى ٱلۡمُتَّقِينَ

Se os ha prescrito que cuando se os presente la muerte y dejéis bienes, el testamento debe ser a favor de vuestros padres y parientes[1], según lo razonable y justo. Este es un deber para los piadosos.


1- Este precepto dejó de aplicarse al ser derogado por las aleyas 11 y 12 de la sura 4, ya que desde la revelación de estas últimas aleyas, a los herederos legítimos (básicamente padres, hijos y cónyuges) les corresponde una parte de herencia que fija la ley islámica, y el testador solo es libre de dejar en testamento la tercera parte de sus bienes, como máximo, a quienes no hereden por ley.


Sura: AL BAQARAH

Aya : 240

وَٱلَّذِينَ يُتَوَفَّوۡنَ مِنكُمۡ وَيَذَرُونَ أَزۡوَٰجٗا وَصِيَّةٗ لِّأَزۡوَٰجِهِم مَّتَٰعًا إِلَى ٱلۡحَوۡلِ غَيۡرَ إِخۡرَاجٖۚ فَإِنۡ خَرَجۡنَ فَلَا جُنَاحَ عَلَيۡكُمۡ فِي مَا فَعَلۡنَ فِيٓ أَنفُسِهِنَّ مِن مَّعۡرُوفٖۗ وَٱللَّهُ عَزِيزٌ حَكِيمٞ

Y a las viudas les corresponde, como legado, el derecho a ser mantenidas (por los familiares del marido) y a permanecer en la casa conyugal durante un año lunar completo[1]. Pero, si ellas abandonan el hogar voluntariamente, vosotros (los familiares del difunto marido) no seréis reprochados por lo que ellas hagan de manera razonable (siempre que se respete la ley de Al-lah). Y Al-lah es Poderoso y Sabio.


1- Este precepto sería derogado posteriormente tras la revelación de la aleya que especifica la herencia que debe recibir la mujer (aleya 12 de la sura 4); y el duelo o tiempo de espera de la viuda antes de volver a embellecerse y casarse pasaría a ser de cuatro meses y diez días, en vez de un año.


Sura: AN-NISĀ’

Aya : 7

لِّلرِّجَالِ نَصِيبٞ مِّمَّا تَرَكَ ٱلۡوَٰلِدَانِ وَٱلۡأَقۡرَبُونَ وَلِلنِّسَآءِ نَصِيبٞ مِّمَّا تَرَكَ ٱلۡوَٰلِدَانِ وَٱلۡأَقۡرَبُونَ مِمَّا قَلَّ مِنۡهُ أَوۡ كَثُرَۚ نَصِيبٗا مَّفۡرُوضٗا

Tanto a los hombres como a las mujeres les corresponde (en herencia) una parte de lo que dejen sus padres y sus parientes cercanos, ya sea mucho o poco; es una parte prescrita (por Al-lah).



Sura: AN-NISĀ’

Aya : 8

وَإِذَا حَضَرَ ٱلۡقِسۡمَةَ أُوْلُواْ ٱلۡقُرۡبَىٰ وَٱلۡيَتَٰمَىٰ وَٱلۡمَسَٰكِينُ فَٱرۡزُقُوهُم مِّنۡهُ وَقُولُواْ لَهُمۡ قَوۡلٗا مَّعۡرُوفٗا

Y si también están presentes, en la repartición de la herencia, otros parientes (que no tienen derecho a heredar), huérfanos y pobres, dadles algo de ella (antes de repartirla) y habladles con amabilidad.



Sura: AN-NISĀ’

Aya : 9

وَلۡيَخۡشَ ٱلَّذِينَ لَوۡ تَرَكُواْ مِنۡ خَلۡفِهِمۡ ذُرِّيَّةٗ ضِعَٰفًا خَافُواْ عَلَيۡهِمۡ فَلۡيَتَّقُواْ ٱللَّهَ وَلۡيَقُولُواْ قَوۡلٗا سَدِيدًا

Y que (los tutores de los huérfanos) se preocupen[1] (por ellos) del mismo modo que lo harían por sus propios hijos si estos fueran pequeños y quedasen huérfanos; y que teman a Al-lah y les hablen con buenas palabras.


1- Otra posible interpretación de la aleya es que si un hombre está a punto de morir y dicta un testamento que perjudica a alguno de sus herederos, quien esté presente debe temer a Al-lah e intentar orientar al moribundo hacia lo más justo, tratando de proteger a la descendencia de dicho hombre del mismo modo que querría proteger la suya propia.


Sura: AN-NISĀ’

Aya : 11

يُوصِيكُمُ ٱللَّهُ فِيٓ أَوۡلَٰدِكُمۡۖ لِلذَّكَرِ مِثۡلُ حَظِّ ٱلۡأُنثَيَيۡنِۚ فَإِن كُنَّ نِسَآءٗ فَوۡقَ ٱثۡنَتَيۡنِ فَلَهُنَّ ثُلُثَا مَا تَرَكَۖ وَإِن كَانَتۡ وَٰحِدَةٗ فَلَهَا ٱلنِّصۡفُۚ وَلِأَبَوَيۡهِ لِكُلِّ وَٰحِدٖ مِّنۡهُمَا ٱلسُّدُسُ مِمَّا تَرَكَ إِن كَانَ لَهُۥ وَلَدٞۚ فَإِن لَّمۡ يَكُن لَّهُۥ وَلَدٞ وَوَرِثَهُۥٓ أَبَوَاهُ فَلِأُمِّهِ ٱلثُّلُثُۚ فَإِن كَانَ لَهُۥٓ إِخۡوَةٞ فَلِأُمِّهِ ٱلسُّدُسُۚ مِنۢ بَعۡدِ وَصِيَّةٖ يُوصِي بِهَآ أَوۡ دَيۡنٍۗ ءَابَآؤُكُمۡ وَأَبۡنَآؤُكُمۡ لَا تَدۡرُونَ أَيُّهُمۡ أَقۡرَبُ لَكُمۡ نَفۡعٗاۚ فَرِيضَةٗ مِّنَ ٱللَّهِۗ إِنَّ ٱللَّهَ كَانَ عَلِيمًا حَكِيمٗا

Esto es lo que Al-lah os ordena con relación a la herencia que deben recibir vuestros hijos: el hijo varón recibirá el doble de lo que reciba una hija[1], en el caso de haber hijos e hijas; si (el difunto) solo tuviese hijas, dos o más, estas recibirían dos tercios de la herencia (repartidos entre ellas a partes iguales); si tuviera solo una hija, a ella le correspondería la mitad de la herencia. Los padres recibirán cada uno un sexto de la herencia, en caso de que el difunto dejase algún hijo (varón o mujer); si no dejase ninguno, los padres heredarían todo, de modo que la madre recibiría un tercio (y el padre el resto). Si el difunto tuviera algún hermano o hermana, la madre recibiría un sexto (y el padre el resto, mientras que los hermanos no heredarían nada[2]). Esta distribución deber realizarse tras el pago de las deudas y el cumplimiento del testamento[3] que (el difunto) haya podido dejar escrito. Vosotros no sabéis quiénes pueden beneficiaros más (en esta vida y en la otra), si vuestros padres o vuestros hijos (para dejar a unos más herencia que a otros). Esto es lo que Al-lah os ordena (en cuanto a la distribución de la herencia). En verdad, Al-lah es Omnisciente y Sabio.


1- La responsabilidad económica del mantenimiento de la familia recae sobre el hombre, no sobre la mujer, aunque ella posea más bienes que él; a ello se debe que el hombre reciba más en la mayoría de los casos, ya que parte de lo que él recibe lo gastará en su familia, mientras que la mujer no tiene esa obligación.
2- La parte que recibe la madre se reduce si el hijo fallecido tiene hermanos porque puede que el padre tenga que mantener al resto de los hijos o hijas, y por ello es normal que reciba más que la madre en dicho caso.
3- Ver la nota de la aleya 180 de la sura 2.


Sura: AN-NISĀ’

Aya : 12

۞وَلَكُمۡ نِصۡفُ مَا تَرَكَ أَزۡوَٰجُكُمۡ إِن لَّمۡ يَكُن لَّهُنَّ وَلَدٞۚ فَإِن كَانَ لَهُنَّ وَلَدٞ فَلَكُمُ ٱلرُّبُعُ مِمَّا تَرَكۡنَۚ مِنۢ بَعۡدِ وَصِيَّةٖ يُوصِينَ بِهَآ أَوۡ دَيۡنٖۚ وَلَهُنَّ ٱلرُّبُعُ مِمَّا تَرَكۡتُمۡ إِن لَّمۡ يَكُن لَّكُمۡ وَلَدٞۚ فَإِن كَانَ لَكُمۡ وَلَدٞ فَلَهُنَّ ٱلثُّمُنُ مِمَّا تَرَكۡتُمۚ مِّنۢ بَعۡدِ وَصِيَّةٖ تُوصُونَ بِهَآ أَوۡ دَيۡنٖۗ وَإِن كَانَ رَجُلٞ يُورَثُ كَلَٰلَةً أَوِ ٱمۡرَأَةٞ وَلَهُۥٓ أَخٌ أَوۡ أُخۡتٞ فَلِكُلِّ وَٰحِدٖ مِّنۡهُمَا ٱلسُّدُسُۚ فَإِن كَانُوٓاْ أَكۡثَرَ مِن ذَٰلِكَ فَهُمۡ شُرَكَآءُ فِي ٱلثُّلُثِۚ مِنۢ بَعۡدِ وَصِيَّةٖ يُوصَىٰ بِهَآ أَوۡ دَيۡنٍ غَيۡرَ مُضَآرّٖۚ وَصِيَّةٗ مِّنَ ٱللَّهِۗ وَٱللَّهُ عَلِيمٌ حَلِيمٞ

Y a vosotros os corresponde la mitad de la herencia que dejen vuestras esposas, si no tienen hijos; en caso de tenerlos, recibiréis la cuarta parte de lo que dejen, una vez saldadas las deudas y cumplidos los testamentos que hayan podido dejar escritos. Y a ellas les corresponde la cuarta parte de lo que dejéis, si no tenéis hijos; en caso de tenerlos, ellas recibirán la octava parte de lo que dejéis, una vez saldadas las deudas y cumplidos los testamentos que hayáis podido dejar escritos. Si (el difunto o la difunta) no dejase ni hijos ni padres, pero dejase un hermano o una hermana de madre, cada uno recibiría una sexta parte. Si los hermanos o hermanas fueran más de dos, se repartirían entre ellos la tercera parte de la herencia, una vez saldadas las deudas y cumplido el testamento que hubiera podido dejar escrito (el difunto), de manera que nadie salga perjudicado. Esto es un mandato de Al-lah, y Al-lah es Omnisciente y Tolerante.



Sura: AN-NISĀ’

Aya : 19

يَـٰٓأَيُّهَا ٱلَّذِينَ ءَامَنُواْ لَا يَحِلُّ لَكُمۡ أَن تَرِثُواْ ٱلنِّسَآءَ كَرۡهٗاۖ وَلَا تَعۡضُلُوهُنَّ لِتَذۡهَبُواْ بِبَعۡضِ مَآ ءَاتَيۡتُمُوهُنَّ إِلَّآ أَن يَأۡتِينَ بِفَٰحِشَةٖ مُّبَيِّنَةٖۚ وَعَاشِرُوهُنَّ بِٱلۡمَعۡرُوفِۚ فَإِن كَرِهۡتُمُوهُنَّ فَعَسَىٰٓ أَن تَكۡرَهُواْ شَيۡـٔٗا وَيَجۡعَلَ ٱللَّهُ فِيهِ خَيۡرٗا كَثِيرٗا

¡Oh, creyentes!, no os está permitido heredar a las mujeres contra su voluntad (como hacíais antes del islam)[1], ni debéis tratarlas con dureza para que os den parte del maher que les disteis (a cambio de concederles el divorcio), a menos que hayan cometido adulterio (pues en este caso sí podéis presionarlas para que os den el maher que les concedisteis cuando las desposasteis). Y tratadlas bien. Y si las detestáis (sed pacientes), pues puede que detestéis algo en lo que Al-lah ha depositado mucho bien.


1- Previamente al islam, cuando un hombre moría, sus parientes varones eran libres de hacerlo que quisieran con la viuda: podían casarse con ella o casarla con alguien o impedir que se casara con quien ella quisiera, pues tenían más derechos sobre ella que su propia familia.


Sura: AN-NISĀ’

Aya : 33

وَلِكُلّٖ جَعَلۡنَا مَوَٰلِيَ مِمَّا تَرَكَ ٱلۡوَٰلِدَانِ وَٱلۡأَقۡرَبُونَۚ وَٱلَّذِينَ عَقَدَتۡ أَيۡمَٰنُكُمۡ فَـَٔاتُوهُمۡ نَصِيبَهُمۡۚ إِنَّ ٱللَّهَ كَانَ عَلَىٰ كُلِّ شَيۡءٖ شَهِيدًا

Y a todos hemos designado herederos de los bienes que dejan los padres y los parientes cercanos. Y dadles su debida parte a aquellos con quienes establecisteis un pacto (de hermandad)[1]. En verdad, Al-lah es testigo de todas las cosas.


1- Al principio del islam aquellos con quienes se establecían alianzas se convertían en herederos. Posteriormente, el derecho de estosa heredar quedaría revocado por la aleya 11 de esta misma sura y por la aleya 6 de la sura 33, ysolo los parientes más cercanos serían herederos legales.


Sura: AN-NISĀ’

Aya : 176

يَسۡتَفۡتُونَكَ قُلِ ٱللَّهُ يُفۡتِيكُمۡ فِي ٱلۡكَلَٰلَةِۚ إِنِ ٱمۡرُؤٌاْ هَلَكَ لَيۡسَ لَهُۥ وَلَدٞ وَلَهُۥٓ أُخۡتٞ فَلَهَا نِصۡفُ مَا تَرَكَۚ وَهُوَ يَرِثُهَآ إِن لَّمۡ يَكُن لَّهَا وَلَدٞۚ فَإِن كَانَتَا ٱثۡنَتَيۡنِ فَلَهُمَا ٱلثُّلُثَانِ مِمَّا تَرَكَۚ وَإِن كَانُوٓاْ إِخۡوَةٗ رِّجَالٗا وَنِسَآءٗ فَلِلذَّكَرِ مِثۡلُ حَظِّ ٱلۡأُنثَيَيۡنِۗ يُبَيِّنُ ٱللَّهُ لَكُمۡ أَن تَضِلُّواْۗ وَٱللَّهُ بِكُلِّ شَيۡءٍ عَلِيمُۢ

Te piden que dictamines (sobre la herencia de quienes mueren sin dejar ni padres ni hijos, ¡oh, Muhammad!). Diles: «Al-lah os decreta (lo siguiente) al respecto: si un hombre muere y no tiene ni hijos (ni padres), pero tiene una hermana (de padre y madre o del mismo padre), esta heredará la mitad de lo que deje. Si la difunta es la hermana y no deja hijos (ni padres), su hermano heredará todo. Si el difunto tiene dos hermanas, estas heredarán dos tercios de lo que deje en herencia; y en el caso de tener hermanos y hermanas, a cada hermano le corresponderá el doble de lo que reciba una hermana[1]. Así aclara Al-lah Sus preceptos para que no os extraviéis. Y Al-lah tiene conocimiento sobre todas las cosas».


1- Ver la primera nota de pie de página de la aleya 11 de esta misma sura.


Sura: AL MĀ’IDAH

Aya : 106

يَـٰٓأَيُّهَا ٱلَّذِينَ ءَامَنُواْ شَهَٰدَةُ بَيۡنِكُمۡ إِذَا حَضَرَ أَحَدَكُمُ ٱلۡمَوۡتُ حِينَ ٱلۡوَصِيَّةِ ٱثۡنَانِ ذَوَا عَدۡلٖ مِّنكُمۡ أَوۡ ءَاخَرَانِ مِنۡ غَيۡرِكُمۡ إِنۡ أَنتُمۡ ضَرَبۡتُمۡ فِي ٱلۡأَرۡضِ فَأَصَٰبَتۡكُم مُّصِيبَةُ ٱلۡمَوۡتِۚ تَحۡبِسُونَهُمَا مِنۢ بَعۡدِ ٱلصَّلَوٰةِ فَيُقۡسِمَانِ بِٱللَّهِ إِنِ ٱرۡتَبۡتُمۡ لَا نَشۡتَرِي بِهِۦ ثَمَنٗا وَلَوۡ كَانَ ذَا قُرۡبَىٰ وَلَا نَكۡتُمُ شَهَٰدَةَ ٱللَّهِ إِنَّآ إِذٗا لَّمِنَ ٱلۡأٓثِمِينَ

¡Oh, creyentes!, si a alguno de vosotros está próximo a morir y quiere dejar testamento, que tome a dos testigos justos de entre vosotros o a otros dos que no sean de los vuestros (porque no sean musulmanes), si la adversidad de la muerte os alcanza estando de viaje. Retenedlos después del salat y, si tenéis dudas sobre ellos, que juren por Al-lah (lo siguiente): «No cambiaremos el testimonio bajo ningún precio, ni en beneficio de algún pariente cercano, y no ocultaremos el testimonio de Al-lah, de lo contrario estaríamos entre los pecadores».



Sura: AL MĀ’IDAH

Aya : 107

فَإِنۡ عُثِرَ عَلَىٰٓ أَنَّهُمَا ٱسۡتَحَقَّآ إِثۡمٗا فَـَٔاخَرَانِ يَقُومَانِ مَقَامَهُمَا مِنَ ٱلَّذِينَ ٱسۡتَحَقَّ عَلَيۡهِمُ ٱلۡأَوۡلَيَٰنِ فَيُقۡسِمَانِ بِٱللَّهِ لَشَهَٰدَتُنَآ أَحَقُّ مِن شَهَٰدَتِهِمَا وَمَا ٱعۡتَدَيۡنَآ إِنَّآ إِذٗا لَّمِنَ ٱلظَّـٰلِمِينَ

Y si se descubre que ambos han pecado (porque han mentido o se han hecho con parte de la herencia del testamento), que otros dos testigos de entre los parientes más cercanos del fallecido ocupen su lugar y juren por Al-lah (lo siguiente): «Nuestro testimonio es más verídico que el de los testigos anteriores y no nos hemos excedido (al acusarlos de mentir), de lo contrario estaríamos entre los injustos».



Sura: AL MĀ’IDAH

Aya : 108

ذَٰلِكَ أَدۡنَىٰٓ أَن يَأۡتُواْ بِٱلشَّهَٰدَةِ عَلَىٰ وَجۡهِهَآ أَوۡ يَخَافُوٓاْ أَن تُرَدَّ أَيۡمَٰنُۢ بَعۡدَ أَيۡمَٰنِهِمۡۗ وَٱتَّقُواْ ٱللَّهَ وَٱسۡمَعُواْۗ وَٱللَّهُ لَا يَهۡدِي ٱلۡقَوۡمَ ٱلۡفَٰسِقِينَ

Así será más probable que den un testimonio correcto, porque temerán que (si mienten) sus juramentos puedan ser refutados por otros posteriores. Y temed a Al-lah y obedeced. Y Al-lah no guía a las gentes rebeldes (que se niegan a obedecer a Al-lah y prefieren la falsedad a la verdad).